79. ¿Contiene criterios para realizar incrementos salariales?

Dentro del Decreto que aprueba el presupuesto de egresos del Municipio de Guadalajara para el ejercicio fiscal del año 2021, se puede identificar en la página 214 el documento denominado Presupuesto de Egresos por Clasificación por Objeto del Gasto y Fuentes de Financiamiento - 2021, en el que se puede consultar el monto destinado en la partida 161 denominada "Previsiones de carácter laboral, económica y de seguridad social", partida en la que debe preverse el presupuesto necesario para atender las negociaciones que anualmente se realizan con el sindicato mayoritario, en torno a los incrementos salariales que se pacten. Dicha información se encuentra disponible a través de la siguiente liga:
https://transparencia.guadalajara.gob.mx/sites/default/files/GacetaTomoVIEjemplar21Diciembre18-2020.pdf

En lo que respecta al salario de los servidores públicos, de conformidad con los artículos 45 y 46 de la Ley para los Servidores Públicos para el Estado de Jalisco y sus Municipios, será determinado anual y equitativamente en los presupuestos de egresos respectivo; de igual manera, la política de incrementos salariales, debe atender a lo señalado en el artículo 212 de la Ley de Hacienda Municipal, así como lo contemplado en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, por ello, el sueldo de los servidores públicos debe estar previsto en el presupuesto de egresos respectivo, motivo por el cual las modificaciones a los presupuestos que resuelvan incrementos salariales, serán determinados, obedeciendo a los principios de austeridad, disciplina presupuestal, racionalidad, proporcionalidad, equidad, certeza y motivación. Estos incrementos salariales se calcularán en base a la inflación, en los costos de los productos básicos que adquieran los servidores públicos para su bienestar y apoyo a la economía familiar, de tal manera que, con dichos incrementos se busca resarcir las pérdidas del poder adquisitivo de los ingresos de los trabajadores.

 





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