Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer
 

Gobierno de Guadalajara

Mecanismos de Participación Ciudadana


El Reglamento de Participación Ciudadana y Planeación Participativa para la Gobernanza del Municipio de Guadalajara lo podrás consultar aquí
 

Datos de contacto:
Bonifacio Ramírez Santiago

Dirección: Río Reforma 1880 Col. Alamo Industrial. C.p. 44490

Horario de Atención: 9:00 a 15:00 

Teléfono: 36-69-13-00 Ext.1800, 1804, 1814 y 1817.

Correo electrónico: bramirezs@guadalajara.gob.mx

 

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1. Asamblea popular

Las y los ciudadanos construyen un espacio para la opinión o temas de interés general o asuntos de impacto en sus localidades Las y los habitantes del Estado de Jalisco pueden solicitar se convoque a asamblea popular. Las y los habitantes que deseen llevar a cabo las asambleas ciudadanas, darán aviso al Consejo Municipal del tema, lugar y fecha en que se llevarán a cabo. Los consejos municipales remiten dentro de los 5 días hábiles su recepción copia de las solicitudes recibidas a la Secretaría Ejecutiva para su conocimiento y registro. La Secretaría Ejecutiva podrá dar difusión de las asambleas ciudadanas y recoger, sistematizar y publicar los resultados obtenidos. El Consejo podrá hacer llegar los resultados de las asambleas a las autoridades competentes
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2. Audiencia digital

El municipio y las dependencias de la administración debe contar con una plataforma para que las y los ciudadanos propongan y elijan alternativas de solución de problemas específicos. El diseño y operación de la plataforma se encuentra a cargo de la dependencia de innovación gubernamental y debe estar en una página web o una aplicación para dispositivos móviles, con herramientas de accesibilidad, inclusión y perspectiva de género. El análisis y votación de las propuestas ciudadanas registradas en la plataforma se sujeta al plazo de elección señalado en la misma. La propuesta que obtenga la mayor cantidad de votos digitales se consideran como opciones susceptibles de evaluación e implementación institucional por parte de la administración pública municipal. Las propuestas deben contener identificación del problema con una breve nota descriptiva del mismo, propuesta concreta de solución y propuesta de cómo se podría llevar a cabo la implementación de la propuesta. La plataforma debe contener espacios para colocar la identificación, accesibilidad y conocimiento del contenido de propuestas.
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3. Ayuntamiento abierto

Las y los ciudadanos del Municipio, a través de representantes de asociaciones vecinales debidamente registradas tienen derecho a presentar propuestas o peticiones en sesiones ordinarias que celebre el Ayuntamiento. Para celebración de una sesión de Ayuntamiento abierto, el Ayuntamiento a través del Consejo Municipal debe emitir convocatoria con diez días hábiles de anticipación la cual debe contener: El Ayuntamiento como convocante Temas que motivan la sesión de Ayuntamiento abierto Lugar, día y horario para el registro de los habitantes que deseen participar; y Lugar, día y hora de la celebración de la sesión de Ayuntamiento abierto. Debe ser publicada en la Gaceta Municipal de Guadalajara. En las bases se deben establecer los lineamientos y requisitos de participación para la adecuada realización de la dinámica. Las y los ciudadanos pueden asistir a la sesión en calidad de participantes, y al término de la sesión se levantará un acta con los resultados de la misma, debiendo dar puntual seguimiento y mantener informado a los participantes respecto a los asuntos tratados en la sesión
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4. Colaboración popular

Las y los habitantes participan en la ejecución de una obra o prestan un servicio existente, aportando recursos económicos, materiales o trabajo personal en coordinación con el Municipio. Es libre de formato, bastando con un escrito precisando el problema público a solucionar, las propuestas, medios económicos o humanos para su solución y un domicilio para recibir notificaciones. Pueden presentar la propuesta ante el Consejo Municipal. En caso de viabilidad técnica y presupuestal, remite dicha evaluación a la dirección para que notifique a las y los ciudadanos que presentaron la iniciativa, el resultado de la misma y explique términos y alcances. En caso de inviabilidad se invita a reformular la iniciativa para que se presente nuevamente con las observaciones
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5. Comparecencia pública

Las y los ciudadanos dialogan y debaten con los funcionarios públicos para solicitarles rendición de cuentas, pedir información, proponer acciones, cuestionar y solicitar la realización de determinados actos, se puede generar por petición de escrito libre de al menos el 0.1% de las y los ciudadanos. Una vez recibida la solicitud y verificados los requisitos correspondientes, la Dirección notificará personalmente a las y los servidores públicos cuando menos 3 días hábiles de anticipación a la comparecencia pública, de igual manera se notifica al Consejo Municipal a fin de que emita la convocatoria correspondiente. En dicha respuesta se contendrá la fecha, el lugar y la hora de la audiencia pública. La convocatoria que emite el consejo municipal, los consejos de zona o los consejeros sociales, según corresponda, debe contener nombre y cargo de los funcionarios convocados
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6. Consulta popular

Las y los ciudadanos expresan sus opiniones respecto a temas de carácter público o de impacto social en temas como uso y destino de presupuesto público municipal, creación o rescate de espacios públicos, generación de entornos culturales y deportivos y la asociación del Municipio con otras dependencias y entidades públicas, estatales o federales, para llevar a cabo una determinada acción o política pública
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7. Contraloría social

La ciudadanía y los organismos del sector social privado forman una instancia de vigilancia y observación de las actividades de gobierno y del correcto ejercicio del gasto público municipal. La Contraloría social tiene las atribuciones de solicitar información a las autoridades municipales que considere necesaria para el desempeño de sus funciones ; Vigilar el ejercicio de los recursos públicos y que las acciones se realicen conforme a la normativa aplicable; presentar las quejas y denuncias sobre posibles responsabilidades políticas, administrativas, civiles o penales
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8. Diálogo colaborativo

Mecanismo por el cual se establecen acuerdos y consensos con la ciudadanía a través de construcción de nuevos espacios de representatividad para la toma de decisiones públicas
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9. Iniciativa ciudadana

Las y los ciudadanos pueden presentar iniciativas de ordenamiento municipal ante el Ayuntamiento a efecto de que sean analizadas y resueltas. Pueden presentar iniciativas el 0.05% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Municipio y debe contener: Nombre de la persona representante (Ningún servidor público), manifestación de conducirse bajo protesta de decir verdad, domicilio para recibir notificaciones, Exposición de motivos y Nombre de las y los solicitantes, número de folio de la credencial para votar, clave de elector y firma de cada elector solicitante
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10. Plebiscito

Se someten a consideración de la ciudadanía los actos o decisiones materialmente administrativas del Ayuntamiento, se puede solicitar que se convoque a plebiscito, 30 días naturales posteriores a la aprobación del acto o decisión el 0.05% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Municipio, el Ayuntamiento, con la aprobación de cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, la presidenta o presidente municipal. La solicitud debe contener: Nombre de la persona representante, manifestación de conducirse bajo protesta de decir verdad, domicilio para recibir notificaciones, especificación del acto que se pretende someter a plebiscito, autoridad que pretendan llevar a cabo los actos señalados; así como nombre completo de las y los ciudadanos, número de folio de la credencial para votar, clave de elector, sección electoral y firma de los solicitantes
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11. Presupuesto participativo

Es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las y los ciudadanos definen el destino de un porcentaje de los recursos públicos. El Presidente debe poner a consideración del Ayuntamiento las directrices para el desarrollo del Presupuesto Participativo apegándose a los principios establecidos en el presente reglamento
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12. Proyecto social

Las y los ciudadanos colaboran, cooperan y trabajan en conjunto con el Ayuntamiento para la solución de una necesidad o problemática existente en los barrios, fraccionamientos y colonias. Debe contar con el respaldo de por lo menos 20 ciudadanas o ciudadanos y debe contener: Nombre de la persona, manifestación de conducirse bajo protesta de decir verdad, Domicilio para recibir notificaciones, exposición de la necesidad o problemática existente, explicación y justificación del proyecto social y nombre completo y firma de los solicitantes
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13. Referéndum

Se someten a consideración de la ciudadanía, la modificación, abrogación o derogación de ordenamientos municipales. La solicitud de Referéndum debe presentar en los formatos oficiales por el Consejo Estatal y debe contener: El nombre de la persona representante común, manifestación de conducirse con verdad, un domicilio para recibir notificaciones, la indicación precisa del ordenamiento susceptible a referéndum, la autoridad de la que emana el acto materia de referéndum, la exposición de motivos y nombre completo de los solicitantes, número de folio de la credencial para votar de las y los solicitantes, clave de elector, sección electoral a la que pertenecen las y los solicitantes y firma de cada elector solicitante, que concuerde con la que aparece en la credencial para votar
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14. Revocación de mandato

Las y los ciudadanos deciden que un servidor público de elección popular concluya anticipadamente el ejercicio del cargo para el que fue electo, siempre y cuando se configuren las causales y se cumpla con los procedimientos establecidos en las leyes.

 

 

 





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