Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer
Mecanismos de Participación Ciudadana
En Guadalajara, la gente manda. El nuevo Reglamento de Participación Ciudadana del municipio promueve que los ciudadanos se involucren activamente en la toma de decisiones y transformación de su ciudad.
Es el reglamento con la mayor cantidad de herramientas de participación ciudadana en México. Contempla 14 mecanismos de participación directa, democracia interactiva y participación ciudadana.
Es el reglamento de participación ciudadana más innovador del país. Establece la conformación de Consejos Sociales, Consejos Zonales y un Consejo Municipal de Participación Ciudadana. Con esta estructura se
promueve que todos los ciudadanos se involucren y sepan cómo utilizar las herramientas a su alcance.
El reglamento lo podrás consultar aquí

Plebiscito
- Solicitar al Consejo Municipal de Participación Ciudadana que se convoque a un Plebiscito.
- El Consejo Municipal analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 30 días naturales si admite o rechaza la solicitud.
- En caso de aprobación, el Consejo Municipal lanzará una convocatoria pública al menos 60 días antes de la realización del Plebiscito.
- El Consejo Municipal y la Dirección de Participación Ciudadana organizará la realización, cómputo y difusión de los resultados del Plebiscito.
Referéndum
- Solicitar al Consejo Municipal de Participación Ciudadana que se convoque a un Referéndum, máximo 30 días después de la entrada en vigor del reglamento, decreto o acuerdo sobre el que se hará la consulta.
- El Consejo Municipal analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 30 días naturales si admite o rechaza la solicitud.
- En caso de aprobación, el Consejo Municipal lanzará una convocatoria pública al menos 60 días antes de la realización del Referéndum.
- El Consejo Municipal y la Dirección de Participación Ciudadana organizará la realización, cómputo y difusión de los resultados del Referéndum.
Consulta Ciudadana
- La Consulta Ciudadana puede hacerse mediante la presentación de propuestas por escrito, encuestas o mesas con ciudadanos y especialistas.
- Se harán consultas ciudadanas para la elaboración de los programas operativos anuales.
- El Consejo Municipal analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 30 días naturales si la admite o rechaza.
- En caso de aprobación, el Consejo Municipal lanzará una convocatoria pública al menos 60 días antes de la realización de la Consulta.
- El Consejo Municipal y la Dirección de Participación Ciudadana organizará la realización, cómputo y difusión de los resultados de la Consulta Ciudadana.
Para consultas que comprendan todo el municipio, pueden solicitarse por habitantes que sumen al menos 2.5% de la lista nominal o 1.25% de la población general; para consultas que comprendan sólo una parte
del municipio, pueden solicitarse por habitantes que sumen al menos 0.5% de la lista nominal o 0.5% de la población en general.
Presupuesto Participativo
- La Dirección de Participación Ciudadana, junto con la Dirección de Obras Públicas y la Dirección de Planeación Institucional, concentrará la información del listado de obras públicas para su votación.
- Durante octubre y noviembre de cada año, el Consejo Municipal de Participación Ciudadana realizará foros ciudadanos para definir el listado de obras públicas que se votarán.
- Durante enero, febrero y marzo de cada año, se realizará la consulta de obras para que se determine por la votación cuáles son las prioritarias.
Ratificación de Mandato
- Se llevará a cabo durante el segundo año de gobierno.
- El Presidente Municipal presentará previamente su solicitud de licencia por tiempo indefinido.
- El Consejo Municipal analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 30 días naturales si la admite o rechaza.
- En caso de aprobación, el Consejo Municipal lanzará una convocatoria pública al menos 30 días antes de la realización de la consulta.
- El Consejo Municipal organizará la realización, cómputo y difusión de los resultados de la Ratificación de Mandato.
Ayuntamiento Abierto
- El Presidente Municipal citará a una sesión de Ayuntamiento Abierto.
- Los ciudadanos pueden asistir a las sesiones de Ayuntamiento Abierto para dar a conocer sus condiciones de vida, pedir información y rendición de cuentas, o proponer acciones para el beneficio común.
Comparecencia Pública
- Se puede realizar una Comparecencia Pública a solicitud de los ciudadanos o de las entidades gubernamentales.
- El Consejo Municipal analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 10 días naturales si la admite o rechaza.
- En caso de ser aprobada, el Consejo Municipal, en los siguientes 5 días hábiles, citará a los representantes ciudadanos y a las entidades gubernamentales para realizar la comparecencia pública.
- Cualquier persona puede asistir a la Comparecencia Pública como oyente; la Dirección de Participación Ciudadana transmitirá la comparecencia pública en línea.
- El Consejo Municipal difundirá los acuerdos de la Comparecencia Pública y les dará seguimiento.
Debate Ciudadano y Foros de Opinión
- Los organismos sociales pueden convocar a un Debate Ciudadano o Foro de Opinión, a solicitud de entidades gubernamentales o de los ciudadanos.
- El organismo social analizará la solicitud y decidirá en un plazo de 10 días naturales si la admite o rechaza.
- Se integrará un Comité Promotor por cinco ciudadanos que no hayan tenido cargos públicos ni afiliaciones a partidos políticos en los últimos tres años.
- El Comité Promotor deberá desarrollar el Debate Ciudadano o Foro de Opinión en los siguientes 10 días hábiles.
- Cualquier persona puede asistir al Debate Ciudadano o Foro de Opinión como oyente y presentar propuestas; la Dirección de Participación Ciudadana transmitirá la comparecencia pública en línea.
Si es un tema que comprende todo el territorio municipal, pueden solicitarlo los habitantes que representen al menos 0.1% de la lista nominal o de la población en general.
Si es un tema que comprende sólo una parte del territorio municipal, pueden solicitarlo los consejos consultivos, los organismos de la sociedad civil inscritos, o los habitantes que representen al menos 0.5%
de la lista nominal o de la población en general.
Asambleas Ciudadanas
- Avisar a la Dirección de Participación Ciudadana sobre el tema, fecha y lugar de la Asamblea.
- La Dirección de Participación Ciudadana se encargará de la difusión de los resultados de las Asambleas Ciudadanas.
- A las Asambleas pueden asistir titulares de entidades gubernamentales, con voz pero sin voto.
Audiencias Públicas
- El Gobierno puede convocar a una Audiencia Pública, o puede ser solicitada por los ciudadanos a una entidad gubernamental.
- La entidad gubernamental deberá resolver la solicitud en 5 días hábiles, y organizar la realización de la Audiencia.
- Las entidades gubernamentales deberán dar seguimiento a los acuerdos de las Audiencias.
- Si un grupo de personas manifiestan pacíficamente sus ideas, las entidades gubernamentales procurarán una audiencia pública inmediata, ante máximo 5 representantes.
Auditoría Ciudadana
- El Consejo Municipal de Participación Ciudadana solicitará al Presidente Municipal que convoque a universidades o consejos consultivos para realizar las Auditorías.
- Se emitirá una convocatoria pública para todos los ciudadanos que quieran participar en las Auditorías.
- Se deberá implementar un programa de capacitación para los auditores ciudadanos.
- Se podrá solicitar toda la información necesaria para la evaluación y vigilancia de la administración pública.
- Si los auditores ciudadanos encuentran irregularidades, informarán a la Contraloría para que actúe como corresponda.
- Los resultados de las auditorías ciudadanas se publicarán en el portal de internet del Gobierno Municipal.
Iniciativa Ciudadana
- Presentar la Iniciativa Ciudadana al Ayuntamiento.
- La Secretaría General canalizará las propuestas recibidas por plataformas digitales.
- El Presidente de la Comisión Edilicia citará al representante ciudadano a las reuniones de trabajo sobre la Iniciativa.
- El Consejo Municipal de Participación Ciudadana podrá organizar eventos para difundir una Iniciativa Ciudadana y brindar asesoría.
Las Iniciativas no pueden ser propuestas en materia fiscal, hacendaria, de organización de la administración pública, sobre la creación o extinción de OPDs ni fideicomisos públicos.
Proyectos Sociales
- Presentar el Proyecto Social ante la Dirección de Participación Ciudadana.
- Nombres y firmas de los ciudadanos que promueven el Proyecto Social.
- Designación de un representante.
- Exposición de motivos.
- Descripción de alcances, objetivos y características del proyecto.
- La Dirección de Participación Ciudadana llevará el Proyecto Social a la entidad gubernamental correspondiente, que lo atenderá en los siguientes 20 días hábiles.
- La entidad gubernamental podrá:
- Realizar las Audiencias Públicas necesarias.
- Aceptar total o parcialmente el proyecto, y plantear las modificaciones convenientes para su ejecución.
- Ordenar la realización de estudios técnicos o financieros necesarios.
Colaboración Ciudadana
- Presentar el proyecto de Colaboración Ciudadana ante la Dirección de Participación Ciudadana.
- Se realizarán los convenios que establezcan la participación, obligaciones y derechos de los involucrados.
- Pueden sumarse a los trabajos del proyecto todos los habitantes del municipio.
Datos de contacto
Lic. Diego Eduardo García-Preciado Jáuregui.
Dirección: Río Reforma 1880 Col. Alamo Industrial.
C.p. 44490
Teléfono: 36-69-13-00 Ext.1800 y 1801.
Correo electrónico: degarcia@guadalajara.gob.mx